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- Creado en Jueves, 13 Enero 2022 15:12
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ART. 7.- Difusión de la Información Pública
Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para el efecto de esta Ley se la considera de naturaleza obligatoria.
ENERO | FEBRERO | MARZO | ABRIL |
MAYO | JUNIO | JULIO | AGOSTO |
SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE |
ART. 12.- Presentación de Informes
Todas las instituciones públicas, personas jurídicas de derecho público o privado y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, a través de su titular o representante legal, presentarán a la Defensoría del Pueblo, hasta el último día laborable del mes de marzo de cada año, un informe anual sobre el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública. Descarga Informes del Periodo 2020.
Plan Anual de Contratación del periodo 2022. Descarga Resolución Administrativa